11 Mar 2020

Son muchos los usuarios que se plantean la reprogramación del motor de sus coches. Sin embargo, también son muchos los aspectos a tener en cuenta antes de tomar decisión. Por ello, en este artículo, queremos centrarnos en uno de ellos y de los más importantes. La homologación de la reprogramación de la centralita del motor.

Cuando tomamos una decisión como la de reprogramar el motor de nuestros coches, debemos ser responsables y consecuentes.

Uno de los aspectos importantes para llevar a cabo dicha modificación es la de homologar el cambio para que en las revisiones posteriores (ITV) no tengamos problemas. Existen usuarios, que piensan que el trámite de la homologación no es necesario, puesto que cabe la posibilidad de que las modificaciones en el motor, pasan inadvertidas en las posteriores revisiones de la itv.

¿Por qué homologar la reprogramación de la centralita del motor?

Tal como nos indican desde Reychip, no es que la homologación sea aconsejable o recomendable. Si no, que es obligatoria. De hecho, la Ley RD 866/2010 en su Artículo 5, establece expresamente que todos los cambios y modificaciones que hagamos a nuestros coches deben ser homologados.

Sin embargo, existen algunos comercializadores y técnicos reprogramadores de centralitas, que venden productos no homologables (es decir ilegales), que hacen creer a los usuarios, que dicha homologación no se puede realizar.

Esto es un aspecto a tener en cuenta, en relación a la legalidad del chip de potencia que vamos a instalar en la centralita de nuestro coche.

Por otra parte, hacer una modificación de este tipo de forma ilegal e incumpliendo los Actos Reglamentarios, es motivo de sanción, ya que se está incumpliendo la potencia reglamentada en el RD 866/2010, Grupo Nº2 Unidad Motriz, Apartado 2.9.

Obviamente, todas las mejoras que hagamos en nuestros coches, cuentan con unos límites. Si nos excedemos, estaremos poniendo en riesgo la durabilidad del motor e incluso nuestra seguridad.

Además, cabe tener en cuenta por su importancia, el hecho de que cualquier reprogramación que no sea legal, supondrá la pérdida de garantía del fabricante del motor y del coche, siendo el propietario el responsable directo en caso de accidente, averías o situaciones similares.

¿Cómo homologar la reprogramación del motor del coche?

Actualmente, en España sólo está permitida la homologación de aquellos chips de potencia que sean NTDD, que son los que únicamente pueden certificarse en ITV. Por otra parte, la potencia aceptada para homologar la modificación de la centralita, no debe exceder del 20% en potencia y par. Aumentar más allá de esta cifra puede ser perjudicial.

Para llevar a cabo la homologación, los usuarios deben solicitar el Informe de Conformidad NTDD, que es obligatorio, junto con el Certificado del Taller, que a su vez deberá estar certificado por NTDD.

Ya en la revisión de la ITV, nos realizarán las verificaciones oportunas en materia de emisiones y transmisiones.

¿Qué pasa si tengo una reprogramación de la centralita no homologada?

Debido a la entrada en vigor del RD 920/2017 en el año 2018, en los centros de ITV se pusieron en marcha nuevos sistemas de control de los elementos electrónicos de los coches, con el fin de disminuir los niveles de emisiones. De esta forma, gracias a las nuevas máquinas de diagnosis, identificamos también dichas modificaciones en la potencia de los motores.

Ante esta situación, en la ITV revisan la ficha técnica de cada vehículo y solicitan la factura de la homologación del taller dónde has llevado a cabo la reprogramación del motor.

La buena noticia, es que tras esto, tienen un mes para solventar y corregir la reprogramación en un taller, que sí esté homologado.